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La filosofía política y social de la modernidad es, básicamente, una teoría individualista, porque concibe a la “sociedad” como mero agregado de agentes individuales; porque deriva, de modo consecuente, la autoridad de las instituciones de la autorización, expresa o tácita, que los individuos sometidos a esa misma autoridad podrían haberle conferido inicialmente; y porque concibe que la última justificación de cualquier restricción a la libertad individual debe hallarse en la protección de esa misma libertad. Las “teorías del reconocimiento” pretenden hacerse cargo del hecho de que la individualidad, en el sentido enfático que esta expresión tiene en la filosofía social de la modernidad, es un logro histórico, ofreciendo una teoría filosófica -esto es, normativa, aunque con sólidas bases empíricas- de lo que podríamos llamar una intersubjetividad “originaria”: aquella que es expresada en una relación de reconocimiento recíproco entre individuos, a partir de la cual se generan compromisos y obligaciones que posibilitan cursos de acción para cada uno que serían imposibles sin ella. La propuesta de los trabajos que componen este volumen es ofrecer una justificación intersubjetiva tanto de las categorías jurídicas como de las instituciones en las que esas categorías se encarnan . Así, conceptos jurídicos fundamentales como “autoridad”, “libertad de expresión”, “derechos sociales”, “derecho de propiedad”, “impuestos”, “identidad”, argumentación, “consentimiento”, y los presupuestos filosóficos que los informan, pueden ser reconstruidos de un modo más transparente en términos de una teoría del reconocimiento, resolviendo conflictos normativos que el fundamento puramente individual no puede.